$0 Ecuador — Investment Checklist

Mejor Recurso para Entender los Impuestos Inmobiliarios en Ecuador 2026

Si buscas entender los impuestos inmobiliarios en Ecuador para 2026 — retenciones en la fuente, gastos deducibles, alcabala, plusvalía, IVA en arriendos comerciales — la respuesta corta es: la información oficial del SRI es técnica y fragmentada, los blogs contables son parciales o desactualizados, y una consulta con una firma especializada cuesta USD 200 la hora. La alternativa más completa para un inversor individual es una guía que traduzca la normativa vigente a lenguaje práctico con ejemplos numéricos reales. La Resolución NAC-DGERCGC26-00000009 de marzo 2026 reorganizó las retenciones de forma significativa — si no la conoces, probablemente estás calculando mal tu rentabilidad neta.


Por Qué la Fiscalidad Inmobiliaria en Ecuador Cambió en 2026

La última reforma relevante para inversores inmobiliarios ecuatorianos no fue una ley nueva — fue una resolución administrativa del SRI. La Resolución NAC-DGERCGC26-00000009, vigente desde el 1 de marzo de 2026, reorganizó toda la tabla de retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta.

El cambio que más afecta a propietarios con propiedades en arriendo: la tarifa de retención sobre arriendos de bienes inmuebles (residenciales o comerciales) pagados a personas naturales es del 10%. Eliminó la tarifa intermedia del 2,75%, incorporó un 5% para servicios profesionales de sociedades, y estableció el 3% como tarifa residual para todo lo no especificado.

Esto significa que si tienes una propiedad arrendada a una empresa — una oficina, un departamento ocupado por personal corporativo, un local comercial — esa empresa tiene la obligación legal de retenerte el 10% de cada pago mensual. Si no lo está haciendo, está incumpliendo la normativa. Si no lo sabías tú como propietario, probablemente no lo has declarado correctamente en tu Impuesto a la Renta.

Además, el SRI intensificó su campaña de control sobre arrendadores que sobre-declaraban gastos. Detectó 1.500 contribuyentes que declaraban gastos deducibles superiores a sus ingresos por arriendo hasta en un 150% — registrando pérdidas fiscales ficticias. La brecha de recaudación estimada es de USD 5 millones. Si tus declaraciones tienen gastos de mantenimiento que superan el 1% del avalúo catastral, tienes una exposición real a una glosa.


El Mapa Completo de Impuestos para un Inversor Inmobiliario en Ecuador

Impuestos en la Compra

Alcabala: tributo municipal del 1% sobre el precio de escrituración o el avalúo catastral, el que sea mayor. Lo paga el comprador. En una propiedad escriturada a USD 100.000, la alcabala es USD 1.000.

Honorarios notariales e inscripción: los honorarios del notario son regulados y dependen del valor del acto jurídico (generalmente 0,1%–0,3% del precio). La inscripción en el Registro de la Propiedad cuesta aproximadamente USD 150–300 según el municipio.

Impuestos en la Tenencia

Impuesto predial: impuesto anual municipal calculado sobre el avalúo catastral. La tasa varía por municipio y oscila entre 0,25‰ y 5‰ del avalúo. En Quito, para propiedades urbanas, la tasa general es del 2,5‰ con posibles descuentos por pronto pago.

Impuesto a la Renta sobre arriendos: si el ingreso anual por arriendos supera la fracción básica exenta (USD 11.902 en 2025, ajustable para 2026), debes declarar y pagar Impuesto a la Renta sobre la base imponible, que es el ingreso por arriendo menos los gastos deducibles autorizados.

Impuestos en la Venta

Impuesto a la plusvalía: gravamen municipal sobre la ganancia de capital en la transferencia. La tasa es progresiva: 10% sobre la ganancia hasta el duplo del avalúo original, escalando hasta el 100% para ganancias muy superiores. Para inversores con horizonte de 5–10 años y propiedades residenciales, la tasa efectiva ronda el 10%–15%.

IVA en transferencia de inmuebles: la venta de inmuebles está gravada con IVA del 15% cuando el vendedor es una persona jurídica (empresa constructora o promotora). Si el vendedor es una persona natural, generalmente no hay IVA en la transferencia.


Los 5 Gastos Deducibles Autorizados por el SRI

Este es el núcleo del error más común entre arrendadores. El SRI no permite deducir todos los gastos relacionados con la propiedad — solo los autorizados explícitamente, con comprobante de venta válido (factura electrónica):

Gasto Deducible Limitación Clave
1. Intereses de créditos Solo de préstamos destinados específicamente a la compra, construcción, ampliación o mejora del inmueble arrendado
2. Primas de seguros Solo pólizas que cubran el inmueble arrendado (incendio, siniestros, daños materiales)
3. Depreciación del inmueble Calculada según los porcentajes de vida útil de la Ley de Régimen Tributario Interno — no el valor que quieras
4. Gastos de mantenimiento Máximo 1% del avalúo catastral reportado — si el avalúo es USD 80.000, el máximo deducible es USD 800 anuales
5. Servicios públicos e impuestos Solo si el arrendador los paga directamente (agua, luz, impuesto predial) — no si los paga el inquilino

Lo que NO puedes deducir: adecuaciones y mejoras que aumentan el valor del inmueble (eso es inversión, no gasto), mobiliario y electrodomésticos (deducción no autorizada), gastos de administración pagados a familiares sin contrato ni factura electrónica.


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Tabla de Retenciones en la Fuente Vigentes 2026 (Sector Inmobiliario)

Tarifa Aplica a
0% Compras a microempresas bajo régimen RIMPE con comprobante preimpreso
2% Actividades de construcción de obra inmueble, arrendamiento mercantil (leasing)
3% Tarifa residual — cualquier pago no especificado en la norma (reemplazó al 2,75%)
5% Servicios profesionales prestados por sociedades residentes
10% Arrendamiento de bienes inmuebles (residenciales o comerciales) a personas naturales; honorarios profesionales a personas naturales

Cómo Afecta la Retención del 10% a Tu Declaración Anual

El 10% retenido mensualmente es un anticipo de Impuesto a la Renta — no es el impuesto definitivo. En tu declaración anual, ese total retenido aparece como crédito tributario contra el impuesto calculado.

Ejemplo numérico:

  • Canon mensual: USD 1.500 (arrendatario es empresa)
  • Retención mensual: USD 150 (10%)
  • Total retenido en el año: USD 1.800
  • Tu Impuesto a la Renta calculado al final del año: USD 1.200
  • Resultado: crédito a favor de USD 600, recuperable como devolución o saldo para el próximo ejercicio

Si tu impuesto calculado es USD 2.400, pagas la diferencia de USD 600 adicional. Si es cero (muchas deducciones), recuperas los USD 1.800 íntegros.

El riesgo está en no haberlo planificado: si no sabías de la retención y tu arrendatario la aplicó sin informarte, puede que hayas declarado ingresos por el monto completo cuando en realidad recibiste el 90%. Esa inconsistencia llama la atención del SRI.


Qué Recurso Usar Según Tu Situación

Si tienes una duda puntual específica sobre una norma: el portal del SRI (sri.gob.ec) tiene el texto completo de la Resolución NAC-DGERCGC26-00000009 y las resoluciones sobre gastos deducibles. Es técnico pero es la fuente oficial.

Si necesitas planificación tributaria personalizada para un portafolio grande: una firma contable especializada (Tax Strategy, ContApp) justifica su costo de USD 200/hr cuando el volumen de impuestos en juego supera USD 5.000–10.000 anuales.

Si necesitas entender el sistema completo — retenciones, gastos deducibles, plusvalía, IVA comercial, y cómo calcular tu rentabilidad neta real — antes de invertir o antes de tu próxima declaración: una guía técnica hace ese trabajo al costo de una consulta de una hora con un contador.

La Guía de Inversión Inmobiliaria en Ecuador dedica un capítulo completo a la fiscalidad 2026: los 5 gastos deducibles con ejemplos de cálculo, la Resolución NAC-DGERCGC26-00000009 artículo por artículo, el tope del 1% catastral para mantenimiento, el IVA en arriendos comerciales, y el tratamiento del impuesto a la plusvalía en la venta. Escrita en español, con la legislación citada por número de resolución y artículo, porque no deberías necesitar un abogado para entender tus obligaciones tributarias.


Preguntas Frecuentes

¿La retención del 10% aplica a todos los arriendos o solo a los comerciales? Aplica a todos los arriendos de bienes inmuebles — residenciales y comerciales — cuando el arrendatario es una persona jurídica (empresa) obligada a actuar como agente de retención. Si tu arrendatario es una persona natural (individuo), la retención del 10% no aplica automáticamente — aunque puede que esa persona sea agente de retención por obligación si lleva contabilidad. Los arrendamientos entre particulares (persona natural a persona natural) sin obligación de llevar contabilidad generalmente no están sujetos a retención.

¿El arriendo de vivienda paga IVA en Ecuador? No. El arrendamiento destinado a vivienda habitacional está exento de IVA (tarifa 0%). El arrendamiento de oficinas, locales comerciales, bodegas y terrenos industriales está gravado con la tarifa general del 15% de IVA. Si arriendas un local comercial, debes facturar con IVA del 15%, cobrárselo al arrendatario, y declararlo mensualmente ante el SRI.

¿Qué pasa si gasté más del 1% del avalúo catastral en mantenimiento? Solo puedes deducir hasta el 1% del avalúo catastral como gasto de mantenimiento, aunque hayas gastado más. El exceso no es deducible. Además, el SRI exige que los gastos de mantenimiento tengan comprobantes de venta válidos (facturas electrónicas) — no sirven recibos informales ni pagos en efectivo sin respaldo. Si presentaste gastos de mantenimiento por encima del 1% en declaraciones anteriores, tienes exposición a una revisión.

¿Cómo se calcula la depreciación del inmueble para efectos del Impuesto a la Renta? La Ley de Régimen Tributario Interno establece una vida útil de 20 años para inmuebles (5% anual de depreciación sobre el costo del activo, excluyendo el valor del terreno). Si adquiriste un departamento en USD 120.000 donde el 70% es construcción (USD 84.000) y el 30% es terreno (USD 36.000), puedes depreciar USD 4.200 anuales (5% × USD 84.000). Esa depreciación reduce tu base imponible sin costarle un centavo en efectivo — es un beneficio fiscal que muchos arrendadores no utilizan.

¿La alcabala se paga sobre el precio de escrituración o el avalúo catastral? Se paga sobre el mayor de los dos valores. Si el precio de escrituración es USD 110.000 y el avalúo catastral es USD 85.000, la alcabala es el 1% de USD 110.000 = USD 1.100. Si el precio de escrituración es USD 75.000 pero el avalúo catastral es USD 90.000 (común cuando el vendedor subdeclara para reducir impuestos), la alcabala se calcula sobre USD 90.000.

¿Cómo funciona el impuesto a la plusvalía cuando vendo una propiedad en Ecuador? El impuesto a la plusvalía grava la diferencia entre el precio de venta y el precio de compra original ajustado. La tasa es progresiva según la Ley de Plusvalía municipal: 10% sobre la ganancia hasta el duplo del avalúo original, 20% sobre el siguiente tramo, y hasta el 100% para ganancias muy elevadas (más raras en propiedades residenciales individuales). Se paga al municipio en el momento de la escritura de venta. Para una propiedad comprada en USD 90.000 y vendida en USD 130.000 después de 7 años, la ganancia sería USD 40.000 y el impuesto aproximado, unos USD 4.000–6.000 según el municipio y el avalúo base.

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