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Reclamar Gastos de Hipoteca: Qué Puedes Recuperar y Cómo Hacerlo en 2026

Si firmaste una hipoteca antes del 16 de junio de 2019, es probable que el banco te cobrase gastos que legalmente no le correspondían. La Ley 5/2019 zanjó el debate: desde esa fecha, el banco asume el AJD, la notaría y la gestoría del préstamo hipotecario. Pero para los contratos anteriores, el Tribunal Supremo ya dictó sentencia y muchos consumidores siguen recuperando miles de euros. Este es el mapa completo de qué puedes reclamar, cuánto, y cómo proceder.

El origen de la reclamación: qué dijo el Tribunal Supremo

Durante décadas, los bancos trasladaron al cliente todos los gastos de formalización de la hipoteca: notaría, gestoría, registro de la propiedad, AJD y tasación. La cláusula de gastos era habitual en casi todos los contratos hipotecarios y el Tribunal Supremo la declaró abusiva en su sentencia de 2015.

El debate sobre el reparto de gastos no quedó definitivamente cerrado hasta la sentencia del Pleno del Tribunal Supremo de 23 de enero de 2019. Ese fallo estableció el criterio actual:

  • Gestoría: a cargo del banco
  • Notaría de la hipoteca: compartida al 50% entre banco y cliente
  • Registro de la propiedad: a cargo del banco
  • AJD (Impuesto de Actos Jurídicos Documentados): a cargo del banco desde noviembre de 2018 (el Real Decreto-ley 17/2018 ya lo consagró antes de la sentencia)
  • Tasación: a cargo del cliente (el Supremo consideró que beneficia a ambas partes, pero la ley posterior no modificó este criterio)

Para hipotecas firmadas a partir del 16 de junio de 2019, la Ley 5/2019 fijó definitivamente que el banco paga gestoría, notaría, registro y AJD. El cliente solo asume la tasación y las copias de escritura que solicite.

Qué importe puedes recuperar en la práctica

El monto real depende del precio de tu vivienda y del banco con el que operaste. Para orientarte:

  • Gestoría: entre 300 y 500 euros, cobrada íntegramente por el banco como mandataria
  • Registro de la propiedad: entre 200 y 450 euros según el valor escriturado
  • Notaría (50% correspondiente al banco): entre 250 y 600 euros según cuantía
  • AJD: entre el 0,5% y el 1,5% del capital hipotecado, dependiendo de la comunidad autónoma donde se formalizó la hipoteca

Ejemplo: si compraste por 200.000 euros con una hipoteca de 160.000 euros en Madrid (AJD al 0,75%), el AJD de la escritura hipotecaria fueron 1.200 euros. Sumado a gestoría (400 €), registro (350 €) y notaría parcial (400 €), el importe reclamable supera los 2.350 euros.

En operaciones con hipotecas más grandes, como las de Barcelona o Madrid capital, las cantidades ascienden considerablemente.

Cómo saber si tu reclamación tiene recorrido: plazos de prescripción

Este es el punto que más dudas genera. La acción de nulidad de condiciones generales abusivas no prescribe según jurisprudencia consolidada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del propio Tribunal Supremo. Puedes reclamar independientemente de cuándo firmaste.

Sin embargo, para la acción de restitución de cantidades (la que te devuelve el dinero), los tribunales españoles aplican el plazo general de prescripción de 5 años desde que el consumidor conoció o pudo conocer sus derechos.

La interpretación más favorable al consumidor sostiene que ese plazo empieza a contar desde las sentencias del Tribunal Supremo de 2019, lo que mantendría viva la acción hasta 2024 al menos. Algunos tribunales aplican criterios más restrictivos. Por eso conviene actuar sin esperar.

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Proceso de reclamación: tres vías

1. Reclamación extrajudicial directa al banco

El primer paso, más económico y rápido, es presentar una reclamación formal al banco. El banco tiene obligación de responderla en un plazo máximo de dos meses. Para ello necesitas:

  • Copia de la escritura de préstamo hipotecario
  • Factura o desglose de los gastos cobrados en su momento (si no la conservas, puedes solicitarla al notario o a la gestoría)
  • Escrito de reclamación dirigido al Servicio de Atención al Cliente del banco, especificando los gastos, importes y base legal (sentencias del Tribunal Supremo de enero de 2019 y la STS 725/2018)

Si el banco rechaza la reclamación o no responde en dos meses, recibirás un certificado de desestimación que te habilita para acudir al Banco de España o a la vía judicial.

2. Reclamación ante el Banco de España

El Servicio de Reclamaciones del Banco de España admite reclamaciones sobre gastos hipotecarios. Es gratuito pero tiene un inconveniente: sus resoluciones no son vinculantes. Si el banco no sigue la recomendación, no puedes ejecutarla directamente.

Aun así, es útil como paso previo si no quieres asumir costes judiciales y existe la posibilidad de que el banco acceda para evitar el coste reputacional y procesal.

3. Demanda judicial

Si las vías anteriores fracasan, queda la judicial. Para importes inferiores a 2.000 euros puedes acudir al juicio verbal sin abogado ni procurador. Por encima de esa cifra, necesitarás representación letrada.

La tasa de éxito en estas demandas es alta cuando la documentación está en orden y la hipoteca es anterior a junio de 2019. Muchos despachos especializados trabajan a éxito (un porcentaje de lo recuperado, sin coste inicial), lo que elimina el riesgo económico para el demandante.

Documentación que necesitas reunir

Antes de iniciar cualquier reclamación, localiza estos documentos:

  1. Escritura pública del préstamo hipotecario — la que te entregó la notaría al firmar
  2. Nota simple registral de la hipoteca (solicitable en el Registro de la Propiedad o en registradores.org)
  3. Facturas o minutas de notaría y gestoría emitidas en su momento
  4. Justificante del pago del AJD (carta de pago o autoliquidación)
  5. DNI y datos del contrato (número de préstamo, fecha de firma)

Si no conservas las facturas, el notario está obligado a facilitar copias de la escritura y de la minuta arancelaria. La gestoría bancaria también puede proporcionarte el desglose de los gastos gestionados.

Errores habituales que dificultan la reclamación

No conservar la escritura: Es el obstáculo más común. Sin la escritura no puedes demostrar qué cláusula de gastos se incluyó ni qué importes se cobró el banco. Si la has extraviado, acude al notario que formalizó la hipoteca con tu DNI.

Confundir los gastos de compraventa con los de hipoteca: Los gastos de compraventa (ITP o IVA, notaría del contrato de compraventa, registro del inmueble a tu nombre) son distintos y en principio los asumes tú como comprador. La reclamación se refiere exclusivamente a los gastos derivados del préstamo hipotecario.

Aceptar acuerdos por importes inferiores sin asesoramiento: Algunos bancos ofrecen bonificaciones en el tipo de interés o abonos parciales a cambio de renunciar a futuras reclamaciones. Conviene calcular el importe total reclamable antes de aceptar cualquier propuesta.

Creer que el plazo ya ha prescrito: Como se explicó antes, la acción de nulidad no prescribe. Aunque los plazos para la restitución generan controversia, la jurisprudencia dominante sigue siendo favorable al consumidor.

Si estás planeando comprar tu primera vivienda ahora

Si tu situación actual es la de comprador primerizo que aún no ha firmado nada, la Ley 5/2019 ya te protege: el banco asume gestoría, notaría hipotecaria, registro y AJD. Lo que sí asumes son la tasación (250–500 euros), las copias de escritura adicionales y los gastos de la compraventa propiamente dicha (ITP o IVA+AJD de compra, notaría de compraventa, inscripción del inmueble a tu nombre).

Entender bien este reparto antes de firmar evita malentendidos y te permite planificar correctamente la liquidez necesaria. La guía completa del proceso de compra —desde la firma de las arras hasta la inscripción registral— está disponible en nuestra guía para comprar tu primera vivienda en España.


En resumen: si tu hipoteca es anterior a junio de 2019, tienes base jurídica sólida para reclamar gastos de gestoría, registro, parte de la notaría y el AJD. La reclamación extrajudicial directa al banco es el primer paso, gratuito y sin riesgo. Reúne tu escritura y las facturas, y actúa antes de que los plazos de prescripción generen incertidumbre adicional.

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